PREÁMBULO

En el año 2003, complementando el programa del XVI Encuentro Nacional de Cofradías Penitenciales que tuvo lugar en Vigo del 25 al 28 de septiembre, se celebró una primera edición del Encuentro Nacional de Jóvenes Cofrades de España, centrado en aquellos pertenecientes a Hermandades o Cofradías de Penitencia. Este primer Encuentro, que tuvo lugar en la cercana localidad de Poio, sirvió para conocer cómo se vive la Semana Santa en los diferentes puntos de la geografía española. La experiencia no volvería a repetirse hasta la segunda década del siglo XXI. Con la denominación de Encuentro Nacional de Jóvenes de Hermandades y Cofradías se relanzó la idea de convocar a toda la juventud cofrade a nivel nacional a un Encuentro que se celebró en la ciudad de Terrassa, del 27 al 29 de septiembre de 2013, con la intención de servir de referencia a los jóvenes cofrades que participan de la labor evangélica.

En la convocatoria de la segunda edición, celebrada en Cartagena en el año 2014, ya se había acuñado el acrónimo JOHC. El logotipo del II JOHC, además, quedó recogido como el oficial del Encuentro, y representativo del mismo a todos los niveles. Tras el II JOHC de Cartagena, vinieron los de Sevilla (III JOHC 2015), Palencia (IV JOHC 2016), Córdoba (V JOHC 2017), Santander (VI JOHC 2018), y Alzira (VII JOHC 2019). En 2020 la emergencia sanitaria del CoViD-19, hizo que se cancelase el VIII JOHC 2020 de Valladolid, posponiéndose su celebración, de manera presencial, al año 2021. En su lugar, la Junta Directiva del JOHC convocó un encuentro virtual, el InterJOHC 2020, para cuya organización nombró un Comité compuesto por jóvenes cofrades de toda España, con emisiones desde El Provencio (Cuenca). En el año 2021, se pudo celebrar el VIII JOHC Valladolid 2021. Tras él vinieron, de manera continuada, los de Ceuta (IX JOHC 2022), Lorca (X JOHC 2023), León (XI JOHC 2024), Elche (XII JOHC 2025) y el próximo, a celebrar en Zaragoza (XIII JOHC 2026).

En la tarde del 25 de octubre de 2014, se firmaba en la sede social de la Cofradía California de Cartagena la primera versión del presente Reglamento, por parte de representantes de Barcelona, Córdoba, Jerez de la Frontera, Lorca, Palencia, Sevilla, y la anfitriona, Cartagena. Creando del mismo modo una Junta Directiva, que mantiene reuniones periódicas para resolver todas las eventualidades que la propia evolución del Encuentro va planteando, plasmando muchas de ellas en sucesivas revisiones de este Reglamento.

 

REGLAMENTO

Este Reglamento fue aprobado en la Reunión Ordinaria de la Junta Directiva del Encuentro Nacional de Jóvenes de Hermandades y Cofradías (JOHC), que tuvo lugar en Elche el 7 de junio de 2025.

Reglamento JOHC España

HISTÓRICO DE ENCUENTROS JOHC

ENVÍO DE CANDIDATURAS

Podrán solicitar ser sede del XII Encuentro Nacional de Jóvenes de Hermandades y Cofradías, a celebrar en 2026, las Cofradías o Hermandades Sacramentales, Penitenciales y de Gloria o Juntas Locales de éstas, constituidas al amparo del Derecho Canónico, que se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos, y cuyo fin principal sea la divulgación de los Sagrados Misterios de la Pasión, Muerte y Resurrección de Cristo y que hayan participado, al menos, en un Encuentro Nacional de Jóvenes de Hermandades y Cofradías, contando el anterior al de la presentación de la candidatura.

Los escritos solicitando ser sede se enviarán electrónicamente al Secretario de la Junta Directiva del Encuentro (candidaturas@joveneshermandades.es). Junto a la solicitud (Modelo 1) se presentará la siguiente documentación:

Un primer dossier, para acreditación exclusiva de la candidatura ante la Junta Directiva, y que contendrá los siguientes documentos:

  • Acuerdo de la institución correspondiente (Cofradía y/o Hermandad, o Junta Local) para la solicitud como sede organizadora del Encuentro Anual JOHC (Modelo 2).
  • Certificado de la Diócesis de estar legalmente constituida la institución solicitante, y aprobación del Obispado correspondiente a la celebración del Encuentro Anual JOHC.
  • Certificado de la institución solicitante de aceptación del presente Reglamento y sus normas, acreditación del representante de la candidatura, y nombramiento del interventor para la votación, y del director en caso de resultar elegida (Modelo 3).

Un segundo dossier, que se hará público por los medios que la Junta Directiva estime convenientes, siendo también remitido a las personas que ejerzan el voto, en el que constarán los siguientes documentos:

  • Logotipo (en caso de que se elabore uno específico) y lema.
  • Esbozo del programa y lugares de celebración, y costes estimados para los participantes (alojamiento e inscripción).
  • Otros apoyos públicos recabados para la candidatura.
  • Cualquier otra información que pueda ser de interés para la elección.

Las candidaturas podrán usar los medios que estimen oportunos para su promoción, coordinando con la organización del XIII JOHC Zaragoza 2026 aquéllos que se quieran desarrollar durante la celebración de éste.

Transcurrido el plazo de presentación de las candidaturas, que finalizará el 30 de septiembre de 2026, serán previamente examinadas por la Junta Directiva, quien decidirá su admisión o exclusión. Las candidaturas excluidas, que serán notificadas a sus representantes, dispondrán de tres días para presentar recurso. Transcurrido ese plazo, la Junta Directiva resolverá a la mayor brevedad posible, antes de la publicación definitiva.

EXCEPCIONALIDADES

En el contexto actual de emergencia sanitaria, si finalmente el Encuentro Anual JOHC no pudiese desarrollarse de manera presencial, según las condiciones que ya han sido consensuadas entre la Junta Directiva JOHC y el Comité Organizador del XIII JOHC Zaragoza 2026, se dará por suspendida la presentación de candidaturas y, por consiguiente, su votación. En ese caso, se dará por proclamada la ciudad de Zaragoza como sede para el año 2027, y las candidaturas presentadas podrán volver a optar a organizar el Encuentro Anual de 2028, concurriendo, con el mismo dossier o con una modificación del mismo, en el plazo que, a lo largo del año 2027, se habilite.

En caso de que el Encuentro Anual de 2026 se celebrase conforme a lo estipulado, y la elección para 2027 de alguna de las candidaturas prosperase, ante la posible persistencia de la actual situación de emergencia sanitaria o la irrupción de cualquier otra eventualidad, la sede elegida se compromete a organizar un interJOHC virtual, si así se le requiere, y siempre bajo la tutela de la Junta Directiva, en caso de suspensión del Encuentro presencial.

ASESORAMIENTO Y TUTELA

Cada posible Candidatura podrá solicitar ayuda y asesoramiento a la Junta Directiva, a través del correo electrónico (candidaturas@joveneshermandades.es), para cumplir con los requerimientos exigidos. En caso de solicitarse, la Junta Directiva, a través de la Comisión de Candidaturas, asignará a uno de sus miembros para que realice el seguimiento oportuno de todo el proceso, y resuelva las eventualidades que puedan darse durante el mismo.

VOTACIÓN DE CANDIDATURAS

En caso de que se presenten varias candidaturas para la organización del XIV JOHC 2027, siendo éstas aceptadas por la Junta Directiva, se  constituirá, dentro del mes anterior a la celebración del Encuentro anual JOHC correspondiente, la Junta Electoral.

Serán miembros de la Junta Electoral los responsables de las Delegaciones inscritas en el Encuentro Anual JOHC correspondiente, excepto si se da alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Que la Delegación provenga de una localidad que no haya tenido ninguna Delegación inscrita en alguno de los dos anteriores Encuentros Anuales JOHC.
  2. Que la Delegación provenga de una localidad perteneciente a la provincia de alguna de las sedes candidatas.
  3. Que la Delegación no sea la única proveniente de su propia localidad.

En el caso de que exista más de una Delegación inscrita procedente de una misma localidad, imposibilitadas en principio según el artículo 28.3, será miembro de la Junta Electoral el responsable de la Delegación que represente a una Corporación o Agrupación frente a la que represente a una única Cofradía o Hermandad.

En el caso de que todas las Delegaciones inscritas procedentes de una misma localidad representasen a Cofradías o Hermandades, deberá existir un acuerdo por escrito entre sus responsables, dirigido a la Junta Directiva, fijando la persona que pertenecerá a la Junta Electoral en representación de esa localidad. En caso de no existir dicho acuerdo, la localidad no estará representada en la Junta Electoral.

La Junta Electoral celebrará, en su caso, una única sesión, a lo largo del XIII JOHC Zaragoza 2026, para la elección de la siguiente sede. En dicha sesión, cada uno de sus miembros tendrá un voto.

En caso de no poder asistir, podrán delegar su voto en cualquier otra persona inscrita en el Encuentro, debiendo ser comunicado este extremo a la Junta Directiva con la suficiente antelación.

La nueva sede se decidirá por mayoría de los votos emitidos por los miembros de la Junta Electoral en un único escrutinio válido.

En caso de existir un empate entre las dos sedes más votadas, decidirá el Presidente con su voto de calidad, consignado en sobre cerrado en el momento de la votación.

 

SOLICITUD JOHC

CERTIFICACIÓN ACUERDO JOHC

ACEPTACIÓN REGLAMENTO JOHC

 

 

SELLO JOHC

El sello JOHC será una certificación que se concederá a aquellos grupos, asociaciones, actividades o iniciativas que así lo soliciten, y concuerden con el Encuentro JOHC en sus fines. La concesión del sello JOHC dará lugar a los siguientes derechos:

  1. Lucir la imagen corporativa del Encuentro en toda la propaganda, redes sociales y cualquier soporte relacionado con el alcance de la concesión.
  2. Ser promocionado a través de los medios de comunicación del Encuentro (página web, redes sociales, y cualquier que pueda haber en el futuro).
  3. Obtener respaldo y ayuda desde la Junta Directiva del Encuentro, que incluso procuraría hacerse presente a través de alguno de sus miembros.
  4. Acudir el responsable del sello JOHC designado a las reuniones de la Junta Directiva del Encuentro en calidad de Vocal Colaborador, con voz pero sin voto.

La solicitud de concesión del sello JOHC se elevará a la Junta Directiva del Encuentro, y a la misma la entidad solicitante adjuntará la documentación requerida, dependiendo del alcance de la solicitud. La solicitud será estudiada en el seno de la Comisión del sello JOHC, que podrá dirigirse a la entidad solicitante, requiriendo cualquier documentación adicional o para la aclaración de la documentación ya enviada.

Finalizado el estudio de la solicitud, la Comisión del sello JOHC elevará un informe a la Junta Directiva, quien decidirá finalmente, en una única votación, sobre la concesión o denegación del sello JOHC, determinando su alcance y vigencia. El secretario de la Junta Directiva emitirá un certificado dirigido a la entidad solicitante en el caso de su concesión; en el caso de denegación, se enviará una carta de respuesta con la justificación.

El sello JOHC estará vigente durante el período para el que sea concedido, y así se especificará en el certificado acreditativo que emitirá la Junta Directiva a través de su secretario, con las siguientes condiciones:

  • En caso de concederse a grupos y asociaciones, el sello afectará a cada una de sus actividades, siendo revisado con una periodicidad no superior a cinco años.
  • En caso de concederse a actividades o iniciativas periódicas o recurrentes, el sello afectará a cada una de sus ediciones, siendo revisado con una periodicidad no superior a los tres años.
  • En caso de concederse a actividades o iniciativas puntuales, el sello afectará únicamente a dicho evento, durante el tiempo en que ésta se desarrolle.

Tras la revisión por la pérdida de vigencia, el sello podrá ser renovado o revocado. También podrá revocarse durante su período de vigencia si los objetivos para los que se concedió se desviaran o alteraran, a juicio de la Junta Directiva.

 

SOLICITUD DEL SELLO JOHC

En el caso de solicitar el sello para un grupo (ej. grupo joven de una Cofradía o Hermandad, banda de música juvenil…):

  1. Carta de motivación para la solicitud.
  2. Documento de constitución de la entidad superior al que pertenezca el grupo.
  3. Certificado de cargos directivos de la entidad superior, y de los responsables del grupo, y nombramiento del responsable del sello JOHC.
  4. Memoria de actividades del grupo correspondiente al último ejercicio.
  5. Programación de actividades del grupo correspondiente al ejercicio en curso.
  6. Documento de justificación de implementación de medidas para el cumplimiento de los fines del sello JOHC.
En el caso de solicitar el sello para una asociación (ej. asociación juvenil cofrade…):
  1. Carta de motivación para la solicitud.
  2. Documento de constitución de la asociación.
  3. Certificado de cargos directivos de la asociación, y nombramiento del responsable del sello JOHC.
  4. Memoria de actividades de la asociación correspondiente al último ejercicio.
  5. Programación de actividades de la asociación correspondiente al ejercicio en curso.
  6. Documento de justificación de implementación de medidas para el cumplimiento de los fines del sello JOHC.
En el caso de solicitar el sello para una actividad, puntual o recurrente (ej. campamento cofrade, encuentro regional o local de juventud cofrade…):
  1. Carta de motivación para la solicitud.
  2. Documento de constitución de la entidad organizadora de la actividad.
  3. Certificado de cargos directivos de la entidad organizadora, y nombramiento del responsable del sello JOHC.
  4. Memoria de la última edición realizada de la actividad, en el caso de actividades recurrentes.
  5. Programación de la actividad, o de la siguiente edición a realizar, en el caso de actividades recurrentes.
  6. Documento de justificación de implementación de medidas para el cumplimiento de los fines del sello JOHC.
En el caso de solicitarlo el sello para iniciativa, puntual o recurrente (ej. publicación cofrade de carácter juvenil, edición de material audiovisual…):
  1. Carta de motivación para la solicitud.
  2. Documento de constitución de la entidad responsable de la iniciativa.
  3. Certificado de cargos directivos de la entidad responsable, y nombramiento del responsable del sello JOHC.
  4. Memoria de la última edición realizada de la iniciativa, en el caso de iniciativas recurrentes.
  5. Descripción de la iniciativa, o de la siguiente edición a realizar, en el caso de iniciativas recurrentes.
  6. Documento de justificación de implementación de medidas para el cumplimiento de los fines del sello JOHC.

 

MODELO SOLICITUD SELLO JOHC

MODELO CERTIFICADO CARGOS DIRECTIVOS

MODELO JUSTIFICACIÓN MEDIDAS FINES